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Fianza de licencia de contratista en California 2026: montos de $25,000 y quién necesita cuál

Actualizado el

Respuesta rápida: toda licencia de contratista activa de California necesita una fianza de contratista de $25,000 registrada ante CSLB (Bus. & Prof. Code §7071.6). Algunas licencias necesitan más. Muchos calificadores necesitan una fianza aparte de $25,000, una LLC necesita una fianza de $100,000 para sus trabajadores, y un contratista cuya licencia fue suspendida o revocada por razones disciplinarias debe presentar una fianza adicional.

Mira el video: Montos de las fianzas de contratista: $25,000, fianza del calificador y fianza de LLC de $100,000

Última verificación contra las leyes y la guía de licencias de CSLB: 28 de octubre de 2026.

Referencia rápida: montos de las fianzas

Fianza Monto Quién la necesita Fuente
Fianza de contratista $25,000 Toda licencia activa §7071.6(a)
Fianza de contratista, historial de contratación sin licencia CSLB puede exigir el doble del monto normal ($50,000), hasta que se renueve la licencia Solicitantes condenados bajo la §7028, o citados bajo la §7028.7 con la citación ya convertida en orden definitiva, cuando la infracción causó un daño sustancial al público §7071.6(d)
Fianza de individuo calificado $25,000 Un calificador que no es el propietario individual, un socio general ni un licenciatario conjunto (excepciones abajo) §7071.9
Fianza de LLC/trabajador $100,000, además de la fianza de contratista de $25,000 Licencias de LLC; no se exige mientras la licencia esté inactiva en los registros de CSLB §7071.6.5
Fianza disciplinaria La fija el registrador: al menos $25,000, como máximo 10 veces el monto de la §7071.6 ($250,000) Licenciatarios y personal vinculados con una licencia suspendida o revocada §7071.8
Fianza por sentencia Igual a la sentencia o las sentencias definitivas sin pagar Solicitantes o licenciatarios con sentencias definitivas sin pagar §7071.17

La fianza de contratista de $25,000

CSLB exige la fianza de $25,000 antes de emitir, restablecer, reactivar o renovar una licencia, y el licenciatario debe mantenerla registrada para conservar la licencia (Bus. & Prof. Code §7071.6).

Puntos clave para el examen:

  • Las licencias inactivas no necesitan la fianza de contratista. No se exige fianza de contratista mientras una licencia esté inactiva en los registros de CSLB (§7071.6(c)). La regla de la licencia inactiva también exime de la fianza disciplinaria y de la fianza del calificador (§7076.5(d)). La fianza de $100,000 de LLC para trabajadores tampoco se aplica mientras la licencia esté inactiva en los registros de CSLB (§7071.6.5(e)).
  • La compañía de garantía debe estar autorizada. La fianza la otorga una compañía de garantía autorizada a favor del Estado de California y se presenta ante el registrador (§7071.5).
  • CSLB no vende fianzas. Las fianzas se compran a un agente de seguros o a una compañía con licencia del Departamento de Seguros de California (CSLB: Get Licensed to Build).
  • Las fianzas tardías todavía pueden contar. Una fianza que el registrador recibe dentro de los 90 días siguientes a su fecha de entrada en vigor cuenta desde esa fecha, y la licencia se restablece con efecto a esa fecha si el licenciatario cumple los demás requisitos. Pasados los 90 días, el licenciatario debe demostrar que la falta de cobertura se debió a causas fuera de su control (§7071.7).
  • Dejar vencer la fianza pone la licencia en riesgo. Una licencia sin una fianza suficiente está sujeta a suspensión o revocación (§7071.15).

Monto de la fianza vs. lo que pagas

Los $25,000 son lo máximo que la fianza puede pagar, no lo que cuesta comprarla. Ni la ley ni la guía de CSLB indican una prima, así que no citamos ninguna.

La fianza de individuo calificado ($25,000)

El calificador es la persona cuya experiencia y examen califican la licencia. Si el calificador no es el propietario individual, un socio general ni un licenciatario conjunto, debe presentar una fianza de individuo calificado de $25,000 aparte. Esta fianza es adicional a la fianza de contratista y no se puede combinar con ella. (§7071.9(a))

Quién no la necesita:

  • Un solo dueño que calificó mediante comparecencia personal, o un socio general que es el calificador (§7071.10).
  • Un funcionario administrativo responsable (RMO) que es dueño del 10 por ciento o más de las acciones con derecho a voto de la corporación y lo certifica en el formulario del registrador (§7071.9(c)).
  • Un calificador de LLC que es dueño de al menos el 10 por ciento de la participación como miembro y lo certifica en el formulario del registrador (§7071.9(d)).
  • Un calificador de una tribu reconocida a nivel federal o de una tribu participante (§7071.9(a)(2)).

La guía Get Licensed to Build de CSLB indica una fianza de individuo calificado de $25,000 (o un cheque de caja) para cada empleado administrativo responsable (RME).

La fianza de LLC/trabajador de $100,000

Una licencia de LLC necesita una fianza de garantía de $100,000 además de la fianza de contratista de $25,000 (§7071.6.5(a)). No se aplica mientras la licencia esté inactiva en los registros de CSLB (§7071.6.5(e)). Es para los empleados o trabajadores perjudicados porque la LLC no pagó salarios, intereses sobre salarios, beneficios complementarios u otras contribuciones. (CSLB: Get Licensed to Build)

Una LLC también necesita seguro de responsabilidad civil: al menos $1,000,000 en total si hay cinco personas o menos en el personal registrado. Con más de cinco, se suman $100,000 por cada persona adicional incluida, hasta $5,000,000 en total (§7071.19; CSLB: Get Licensed to Build).

Depósito en efectivo en lugar de una fianza

Puedes cumplir un requisito de fianza solo de dos maneras: con una fianza de una aseguradora de fianzas autorizada, o con un depósito ante el registrador según el Code of Civil Procedure §995.710(a)(1). Ningún otro método de depósito, incluido un certificado de depósito, cuenta. (§7071.4(a)) La guía de CSLB describe la opción del depósito como un cheque de caja (CSLB: Get Licensed to Build).

Reglas que se aplican solo a los depósitos:

  • Después de un aviso por escrito de una acción civil contra el depósito, este se libera únicamente según lo decida un tribunal (§7071.4(c)).
  • La mayoría de los reclamos contra un depósito tienen tres años desde el final del período de la licencia en que ocurrió el acto, o desde la fecha en que la licencia se inactiva, se cancela o se revoca, lo que ocurra primero (§7071.4(f)). Los reclamos de salarios y beneficios complementarios deben presentarse dentro de los seis meses siguientes a que se descubra el faltante, y no se puede presentar ninguna acción civil más de dos años después de la fecha de vencimiento de los pagos, el mismo plazo que para los reclamos de fianza (§7071.4(f)(3); §7071.11(d)).
  • La junta no puede cargar honorarios legales a un depósito y no es responsable de los honorarios legales ni de las costas en una acción civil contra uno (§7071.4(h)).

Quién puede reclamar contra la fianza, y cuánto

La fianza de contratista protege a estas personas (§7071.5):

  1. Un propietario de vivienda que contrató al contratista para mejoras del hogar en la residencia de su propia familia y fue perjudicado por una violación de la ley de contratistas.
  2. Un dueño de propiedad que contrató al contratista para construir una casa unifamiliar, si la casa no estaba destinada ni ofrecida en venta cuando ocurrió el daño.
  3. Cualquiera perjudicado por una violación intencional y deliberada de la ley, o por el fraude del contratista al ejecutar un contrato de construcción.
  4. Un empleado a quien no se le pagaron salarios.
  5. Un fondo fiduciario sindical o entidad similar a la que se le deben beneficios complementarios de los empleados del contratista.

La fianza de un individuo calificado protege a los mismos grupos (§7071.10).

Límites de los pagos

Reclamo Lo máximo que paga la compañía de garantía Fuente
Todos los reclamos de cualquier persona que no sea un propietario de vivienda del grupo 1 $7,500 en total; el resto se reserva para esos propietarios de vivienda §7071.6(b)
Propietarios de vivienda del grupo 1 Hasta los $25,000 completos §7071.6(b)
Salarios y beneficios complementarios $4,000 en total (no se aplica a la fianza disciplinaria) §7071.11(a)
La fianza no alcanza para todos los reclamos Se divide entre los reclamantes en proporción a sus reclamos §7071.11(a)

La fianza del calificador tiene el mismo tope de $7,500 para los reclamantes que no sean esos propietarios de vivienda (§7071.9(b)).

Plazos y qué pasa después de un pago

  • La mayoría de los reclamos contra una fianza: presenta la demanda dentro de los dos años siguientes a que venza el período de la licencia en que ocurrió el acto (si la licencia se inactivó, se canceló o se revocó, desde la fecha en que habría vencido) (§7071.11(c)).
  • Reclamos de salarios y beneficios complementarios: dentro de los seis meses siguientes a que se descubra el faltante, y no se puede presentar ninguna acción civil más de dos años después de la fecha de vencimiento de los pagos (§7071.11(d)).
  • Antes de un pago de buena fe, el licenciatario tiene al menos 15 días para enviar a la compañía de garantía una protesta por escrito (§7071.11(f)).
  • Después de cualquier pago, la compañía de garantía debe avisar al registrador dentro de los 30 días (§7071.11(e)).
  • ¿No se presentó protesta? El licenciatario tiene 90 días desde el aviso de la junta para probar que pagó a la compañía de garantía lo que debe, más cualquier sentencia o reclamo admitido que supere el monto de la fianza. Un acuerdo de conciliación (accord) notariado con la compañía de garantía puede reemplazar el pago completo a la compañía de garantía. De lo contrario, la licencia queda suspendida por efecto de la ley (§7071.11(f)(2), (h)).
  • ¿Una sentencia mayor que la fianza? La licencia no se puede renovar, volver a emitir ni restablecer mientras haya una sentencia o un reclamo admitido por encima del monto de la fianza sin pagar (§7071.11(b)).

Fianzas disciplinarias y por sentencia

Fianza disciplinaria. Toda persona vinculada con una licencia suspendida o revocada por razones disciplinarias debe presentar una para obtener, renovar o restablecer una licencia, o para seguir usando una licencia cuya sanción disciplinaria quedó suspendida (puesta en espera). Eso incluye al calificador en el momento de la infracción, incluso uno que no la conocía, y a otro personal que la conocía o participó en ella. El registrador fija el monto según la gravedad de la infracción: de $25,000 a 10 veces el monto de la §7071.6. Es adicional a cualquier otra fianza y permanece registrada al menos dos años, contados solo mientras la licencia esté vigente, activa y en regla. (§7071.8)

Fianza por sentencia. Esta regla cubre solo las sentencias definitivas sin pagar que estén sustancialmente relacionadas con trabajos de construcción o con las obligaciones de una licencia. Un solicitante con una sentencia así a favor de un contratista, subcontratista, consumidor, proveedor o empleado debe presentar una fianza igual a la sentencia o las sentencias dentro de los 90 días siguientes al aviso de CSLB, o la solicitud queda anulada. En lugar de la fianza, el solicitante puede presentar una copia notariada de un acuerdo de conciliación (un "accord") con la persona a quien debe. Los licenciatarios deben informar por escrito al registrador de las sentencias definitivas sin pagar dentro de los 90 días. (§7071.17)

No anuncies que tienes "fianza"

Anunciar que tienes "fianza" ("bonded") es motivo de medidas disciplinarias si te refieres a la fianza de licencia o a una fianza disciplinaria (§7027.4(b)). Mencionar en anuncios u otras declaraciones al público cualquier fianza exigida es motivo de suspensión (§7071.13).

Fianzas de licencia vs. fianzas de obras públicas

Las fianzas de licencia no son fianzas de proyecto. En un contrato de obras públicas de más de $25,000, el contratista directo debe entregar a la entidad pública una fianza de pago antes de que empiece el trabajo (Civ. Code §9550). Los contratos con entidades estatales quedan excluidos de esa sección porque necesitan en cambio una fianza de pago según el Public Contract Code §7103 (Pub. Contract Code §7103). Debe ser de al menos el 100 por ciento del monto del contrato, de una compañía de garantía autorizada, no un depósito (Civ. Code §9554).

Fuentes

Todos los montos de arriba provienen de estos textos oficiales. No estamos afiliados a CSLB.

Lee las notas de estudio de la sección 1: Organización del negocio y licencias

Preguntas de práctica

Piensa primero tu respuesta y luego abre la explicación.

  1. Organización del negocio y licencias

    1. Conforme a la sección 7071.6, ¿qué monto de fianza de contratista debe presentar o mantener en el expediente un solicitante o licenciatario para obtener, renovar o mantener una licencia activa?

    • A. $7,500
    • B. $15,000
    • C. $25,000
    • D. $100,000
    Muestra la respuesta

    Respuesta correcta: C

    • A. $7,500

      $7,500 es un límite para ciertos reclamos contra la fianza, no el monto de la fianza. La fianza de contratista requerida es de $25,000.

    • B. $15,000

      $15,000 era el monto de la fianza antes del 1 de enero de 2023, por lo que está desactualizado. La sección 7071.6 actual exige $25,000.

    • C. $25,000

      Respuesta correcta

      Correcto. La sección 7071.6 exige una fianza de contratista de $25,000 para emitir, restablecer, reactivar o renovar una licencia, y para mantenerla vigente.

    • D. $100,000

      $100,000 es la fianza separada para licencias de LLC. La fianza de contratista conforme a la sección 7071.6 es de $25,000.

    Explicación

    La sección 7071.6 establece que CSLB exige una fianza de contratista de $25,000 antes de emitir, restablecer, reactivar o renovar una licencia, y para mantener la licencia vigente. Esta versión de la sección 7071.6 está en vigor desde el 1 de enero de 2023. La cifra de $15,000 era el monto de la fianza antes de esa fecha, por lo que está desactualizada. La cifra de $7,500 es un límite para ciertos reclamos contra la fianza, no el monto de la fianza. La cifra de $100,000 corresponde a la fianza separada para licencias de LLC.

    Fuentes (en inglés)

  2. Seguros y gravámenes

    2. El calificador de la licencia de una corporación es un empleado administrativo responsable (RME). El RME no es propietario, funcionario ni socio y no posee acciones. Según la sección 7071.9 del Business and Professions Code, ¿qué fianza debe presentar el RME?

    • A. Una fianza de individuo calificado de $25,000, además de la fianza de contratista
    • B. Una fianza de individuo calificado de $25,000, combinada con la fianza de contratista
    • C. Una fianza de $100,000 para cubrir los salarios no pagados de los empleados de la corporación
    • D. Ninguna fianza, porque la fianza de contratista de la corporación cubre al RME
    Muestra la respuesta

    Respuesta correcta: A

    • A. Una fianza de individuo calificado de $25,000, además de la fianza de contratista

      Respuesta correcta

      Correcto: conforme a la sección 7071.9, un calificador que no sea el propietario, un socio general o un licenciatario conjunto debe presentar una fianza de individuo calificado de $25,000. Esa fianza es adicional a la fianza de contratista.

    • B. Una fianza de individuo calificado de $25,000, combinada con la fianza de contratista

      Incorrecto: el monto es correcto, pero la sección 7071.9 establece que la fianza de individuo calificado no debe combinarse con la fianza de contratista.

    • C. Una fianza de $100,000 para cubrir los salarios no pagados de los empleados de la corporación

      Incorrecto: la sección 7071.9 fija la fianza de individuo calificado en $25,000, no en $100,000.

    • D. Ninguna fianza, porque la fianza de contratista de la corporación cubre al RME

      Incorrecto: el RME no es el propietario, un socio general ni un licenciatario conjunto, por lo que la sección 7071.9 exige una fianza de individuo calificado separada de $25,000, además de la fianza de contratista.

    Explicación

    La sección 7071.9 del Business and Professions Code establece que un calificador que no sea el propietario, un socio general o un licenciatario conjunto debe presentar una fianza de individuo calificado de $25,000. La sección establece que esta fianza es adicional a la fianza de contratista y no puede combinarse con ella. El RME no posee acciones, por lo que no se aplica la exención para un funcionario administrativo responsable que posee el 10 por ciento de las acciones con derecho a voto. Una fianza de $100,000 no es el monto establecido en esta sección.

    Fuentes (en inglés)

  3. Seguros y gravámenes

    3. Se presentan varios reclamos contra la fianza de garantía de licencia de contratista de $25,000 de un contratista. Ninguno proviene de un propietario que haya contratado al contratista para hacer mejoras del hogar en su propia residencia familiar. Según la sección 7071.6 del Business and Professions Code, ¿cuál es el monto máximo que la compañía de garantía debe pagar por todos estos reclamos en conjunto?

    • A. $5,000
    • B. $7,500
    • C. $12,500
    • D. $25,000
    Muestra la respuesta

    Respuesta correcta: B

    • A. $5,000

      $5,000 es demasiado bajo. Excluidos los reclamos de los propietarios cubiertos por la sección 7071.5(a), la responsabilidad agregada de la compañía de garantía por la fianza puede llegar a $7,500.

    • B. $7,500

      Respuesta correcta

      Correcto. Excluidos los reclamos de propietarios que contratan mejoras del hogar en su propia residencia familiar, la responsabilidad agregada de la compañía de garantía por la fianza no puede superar $7,500.

    • C. $12,500

      $12,500 no es el límite. Para los reclamantes que no son propietarios comprendidos en la sección 7071.5(a), la responsabilidad total de la compañía de garantía es como máximo de $7,500.

    • D. $25,000

      Los $25,000 completos no están disponibles para estos reclamantes. El dinero de la fianza que excede de $7,500 se reserva para propietarios que contratan mejoras del hogar en su propia residencia familiar.

    Explicación

    La sección 7071.6 del Business and Professions Code establece que, excluidos los reclamos de los beneficiarios de la sección 7071.5(a), la responsabilidad total de la compañía de garantía por los reclamos contra la fianza no supera $7,500. La sección 7071.5(a) abarca a un propietario que contrata mejoras del hogar en su propia residencia familiar, y el dinero de la fianza que excede de $7,500 se reserva para esos propietarios. Ninguno de estos reclamantes es un propietario de ese tipo, por lo que en conjunto pueden recibir como máximo $7,500, no los $25,000 completos.

    Fuentes (en inglés)

  4. Seguros y gravámenes

    4. Un empleado reclama $6,000 en salarios no pagados contra la fianza de garantía de $25,000 de un contratista. No hay otros reclamos. Según la sección 7071.11 del Business and Professions Code, ¿cuál es el monto máximo que la compañía de garantía debe pagar por este reclamo salarial?

    • A. $4,000
    • B. $6,000
    • C. $7,500
    • D. $25,000
    Muestra la respuesta

    Respuesta correcta: A

    • A. $4,000

      Respuesta correcta

      Correcto. La responsabilidad total de la compañía de garantía por un reclamo de salarios y beneficios complementarios no supera $4,000, por lo que el empleado puede cobrar como máximo $4,000 aunque se le deban $6,000.

    • B. $6,000

      $6,000 es el monto total adeudado, pero la responsabilidad de la compañía de garantía por un reclamo salarial está limitada a $4,000.

    • C. $7,500

      $7,500 es el límite general para reclamos de personas que no sean ciertos propietarios de viviendas. A este reclamo se le aplica el límite salarial más bajo de $4,000.

    • D. $25,000

      Solo los propietarios descritos en la sección 7071.5(a) pueden cobrar los $25,000 completos. Un reclamo salarial está limitado a $4,000.

    Explicación

    La sección 7071.11(a) establece que la responsabilidad total de la compañía de garantía por un reclamo de salarios y beneficios complementarios contra una fianza conforme a este artículo no supera $4,000. La única fianza excluida de este límite es la fianza disciplinaria, que no está involucrada aquí. Por lo tanto, el empleado puede cobrar como máximo $4,000 de la fianza, aunque se le deban $6,000. La cifra de $7,500 es el límite general de la sección 7071.6 para reclamos de personas que no sean ciertos propietarios de viviendas, pero aquí se aplica el límite salarial más bajo. Solo los propietarios descritos en la sección 7071.5(a) pueden cobrar los $25,000 completos.

    Fuente (en inglés)

  5. Seguros y gravámenes

    5. Un contratista no quiere comprar una fianza de garantía para cumplir con el requisito de fianza de $25,000. Según la sección 7071.4 del Business and Professions Code y la guía Get Licensed to Build de la CSLB, ¿cuál de las siguientes opciones puede usar el contratista en su lugar?

    • A. Un certificado de depósito del banco del contratista
    • B. Un cheque de caja depositado ante el registrador
    • C. Una carta de crédito del banco del contratista
    • D. Una garantía personal firmada por el dueño del negocio
    Muestra la respuesta

    Respuesta correcta: B

    • A. Un certificado de depósito del banco del contratista

      La sección 7071.4 establece que ningún otro método de depósito, incluido un certificado de depósito, cumple con el requisito de fianza.

    • B. Un cheque de caja depositado ante el registrador

      Respuesta correcta

      Correcto. La guía de la CSLB indica que un contratista puede presentar una fianza de garantía de $25,000 o un cheque de caja ante la CSLB, y la sección 7071.4 permite un depósito ante el registrador.

    • C. Una carta de crédito del banco del contratista

      Una carta de crédito no es una fianza de una aseguradora de fianzas autorizada ni un depósito ante el registrador, y el registrador no acepta alternativas distintas de lo permitido por la sección 7071.4.

    • D. Una garantía personal firmada por el dueño del negocio

      Una garantía personal no es uno de los métodos que permite la sección 7071.4, y el registrador no acepta otras alternativas en lugar de una fianza.

    Explicación

    La sección 7071.4 permite cumplir con un requisito de fianza solo mediante una fianza de una aseguradora de fianzas autorizada o un depósito ante el registrador conforme a la sección 995.710(a)(1) del Code of Civil Procedure. La guía Get Licensed to Build de la CSLB indica que el contratista puede presentar una fianza de garantía o un cheque de caja. La sección 7071.4 establece que ningún otro método de depósito, incluido un certificado de depósito, cumple con el requisito. Desde 2019, el registrador no acepta ninguna alternativa en lugar de una fianza que no sea lo permitido por la sección 7071.4, por lo que una carta de crédito o una garantía personal no cumple con el requisito.

    Fuentes (en inglés)